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Convocatoria de proyectos Innovation Fund Small Scale Projects

María Moreno 20 diciembre, 2020
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European Green Deal

 Se trata de una convocatoria de propuestas en el ámbito de la demostración de tecnologías innovadoras de baja emisión de carbono en el marco del Fondo para la Innovación (FI). La convocatoria será gestionada por la Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (INEA).

Los fondos reservados para esta convocatoria son 100.000.000 de euros para subvenciones. Las subvenciones serán proporcionadas como sumas globales. Además, la asistencia para el desarrollo de proyectos (PDA) se proporcionará en forma de servicios a algunos proyectos por el Banco Europeo de Inversiones.

Los objetivos de esta convocatoria son:

  • Apoyar proyectos en pequeña escala que demuestren tecnologías, procesos o productos altamente innovadores, que estén suficientemente maduros y tengan un potencial significativo para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero;
  • ofrecer apoyo financiero adaptado a las necesidades del mercado y a los perfiles de riesgo de los proyectos elegibles, al tiempo que atraen recursos públicos y privados adicionales;
  • complementar la convocatoria de proyectos a gran escala, al centrarse en proyectos de menor escala, ofreciendo así otra oportunidad, en particular a las pequeñas y medianas empresas, de que su proyecto reciba apoyo.

Los proyectos deben tener un gasto de capital total mínimo de 2 500 000 euros para esta convocatoria. Además, los proyectos deben tener un gasto total de capital inferior a 7 500 000 euros para ser elegibles en esta convocatoria.

Actividades que pueden ser financiadas

Todas las actividades siguientes pueden financiarse en el marco de esta convocatoria:

  • - actividades que apoyen la innovación en tecnologías y procesos de bajo carbono en los sectores enumerados en el Anexo I de la Directiva ETS, incluida la captura y utilización del carbono sin riesgo para el medio ambiente (CCU) que contribuye sustancialmente a la mitigación del cambio climático, así como productos sustitutivos,
  • actividades que ayuden a estimular la construcción y el funcionamiento de proyectos que tengan por objeto la captura y el almacenamiento geológico del CO2 (CAC) en condiciones de seguridad para el medio ambiente,
  • actividades que ayuden a estimular la construcción y el funcionamiento de tecnologías innovadoras de energía renovable y de almacenamiento de energía.

La captura y utilización de carbono puede ser financiada si la captura de CO2 se produce dentro de una de las actividades enumeradas en el Anexo I de la Directiva ETS, o si la utilización de CO2 da lugar a productos que sustituyen a los intensivos en carbono de los sectores enumerados en el Anexo I de la Directiva ETS, incluso si el carbono se captura fuera de las actividades del Anexo I.

Impacto esperado

Se espera que los proyectos que se financien con cargo a esta convocatoria del Fondo de Innovación contribuyan a la transición a una economía climáticamente neutra y a alcanzar los objetivos de política establecidos en la comunicación de la Comisión Europea - Un planeta limpio para todos - Una visión estratégica europea a largo plazo para una estrategia a largo plazo de una economía próspera, moderna, competitiva y climáticamente neutra, también conocida como la estrategia a largo plazo el Pacto Verde Europeo y el plan de objetivos climáticos para 2030. También se espera que los proyectos contribuyan a alcanzar los objetivos del Plan de Recuperación para Europa.

Calendario

Lanzamiento de la convocatoria

1 de diciembre de 2020

Fecha límite para la presentación de solicitudes

10 de marzo de 2021 a las 17:00 (CET, Bruselas)

Información sobre los resultados de la evaluación e invitación para la preparación del Acuerdo

Agosto de 2021 (indicativo)

Concesión de las ayudas

Cuarto trimestre de 2021 (indicativo)

 

Eligibilidad

Para ser elegibles para la financiación en esta convocatoria, los solicitantes deben ser:

  • personas jurídicas;
  • pertenecen a una de las siguientes categorías: entidades privadas, entidades públicas u organizaciones internacionales;
  • ser directamente responsable de la ejecución y gestión del proyecto cuando sea pertinente, conjuntamente con otros solicitantes, es decir, no actuar como intermediario.

El número mínimo de solicitantes es uno.

Las solicitudes pueden ser presentadas por un consorcio de entidades jurídicas que actúen conjuntamente. En el caso de una solicitud presentada por un consorcio de entidades jurídicas, la financiación se concede al consorcio, que es responsable de la ejecución del proyecto. Las entidades que participen en el consorcio deberán firmar un acuerdo de consorcio entre ellas - estableciendo sus disposiciones internas y designando un coordinador del proyecto - antes de firmar el acuerdo de subvención.

Las personas físicas NO son elegibles. Los organismos de la UE NO pueden formar parte del consorcio..

Los solicitantes deberán demostrar la elegibilidad de los proyectos proporcionando la información requerida sobre las actividades en los formularios de solicitud.

Sólo las acciones realizadas en el territorio de uno (o más) de los Estados miembros de la UE, Noruega o Islandia pueden recibir financiación en el marco de esta convocatoria.

Duración

Deben cumplirse las siguientes condiciones en relación con la duración de las acciones propuestas:

  1. el proyecto debe llegar al cierre financiero lo antes posible y a más tardar cuatro años (48 meses) después de la firma del Acuerdo de subvención;
  2. el período de vigilancia y presentación de informes por defecto, una vez que el proyecto haya entrado en funcionamiento, será de 3 años; pueden aceptarse períodos más largos, pero éstos deben ser justificados por el solicitante y no pueden exceder de 10 años. Se espera que los proyectos entren en funcionamiento en un plazo razonable después del cierre financiero (por ejemplo, 2 ó 3 años).

Sólo son admisibles los gastos realizados después de la fecha de presentación de la solicitud de subvención. Los solicitantes que decidan iniciar la construcción e incurrir en costos de adquisición después de presentar una solicitud, actúan por su propia cuenta y riesgo en caso de que la propuesta finalmente no sea seleccionada.

European Green Deal

Monto máximo de la subvención

La cuantía máxima de la subvención se fija para cada proyecto sobre la base del cálculo de los costos pertinentes y cubre hasta el 60% de los costos pertinentes de los proyectos.

La subvención se pagará en forma de suma global. Los pagos no dependerán de los gastos realizados sino de la correcta ejecución de la acción, el logro de los resultados y la finalización de los paquetes de trabajo de conformidad con el anexo 1 del acuerdo de subvención durante la duración del proyecto.

Los solicitantes indicarán la cantidad máxima de subvención solicitada y las contribuciones de suma global estimadas, desglosadas por participante y paquete de trabajo, como parte de la solicitud. Los solicitantes deberán asegurarse de que la parte de la suma de la subvención solicitada que se pague al cierre financiero o al alcanzar un hito específico anterior al cierre financiero no exceda del 40% de la suma total de la subvención solicitada. El desglose de la suma global se convertirá en el Anexo 2 del acuerdo de subvención.

Fuente: EU Grants: Innovation Fund Small Scale Projects Call document: V1.0 – 01.12.2020

¡No dudéis en contactarnos si estáis interesados en que os apoyemos en vuestra participación!

Cuidaos mucho